La ARVIGE informa a las y los contribuyentes que, con el objetivo de proceder a la reliquidación de la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene 2025, quienes no hayan cumplido con la obligatoriedad de remitir las facturas correspondientes (mayo, agosto y octubre de 2024) podrán hacerlo el 31/01/2025, desde las 00:00 hasta las 23:59.
El trámite se gestiona a través de la página
https://haciendavgesell.gob.ar/ (ícono Abierto Anual). Cumplir con este requisito permitirá acceder al Beneficio Abierto Anual para el año en curso.
Por otra parte, informamos que, a partir de la fecha, todo requerimiento, información, notificación o comunicación dirigida a los sujetos pasivos de la tasa se realizará exclusivamente a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Instamos a quienes aún no lo hayan constituido a hacerlo, ya que su omisión generará la multa correspondiente.
Asimismo, a partir del lunes 27/01/2025, podrán consultar la Ordenanza Fiscal 2156/08 (T.O. 2024) en la página arvige.gob.ar (ícono Legislación).