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12-12-2017

REGULACIÓN A LA VENTA DE PIROTECNIA

Por ordenanza N° 2551/14, sancionada el 15 de diciembre de 2014, se recuerda que la venta de Pirotecnia solo puede ser realizada en comercios dedicados solo a este rubro.

La venta de pirotecnia queda prohibida a partir de la sanción del HCD de la Ordenanza N° 2551/14, que en su Artículo Primero establece que quienes la comercialicen en Villa Gesell, tienen la obligatoriedad de habilitar un local con ese único fin, resultando inviable, contar con una habilitación que contemple otra actividad comercial de modo simultáneo.

En el caso de que se le otorgue la habilitación comercial municipal para la venta de pirotecnia, se deberá acreditar previamente el cumplimiento de los requisitos que establecen las normas nacionales y provinciales que la regulan.

La violación de esta ordenanza será sancionada con severas multas, que comenzarán con montos a partir de los $8000 pesos.
 

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