La Agencia de Recaudación de Villa Gesell (ARVIGE) informa a los contribuyentes alcanzados por la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene, que los requisitos para acceder al Beneficio Abierto Anual 2026 fueron oportunamente notificados a través del Domicilio Fiscal Electrónico, con anterioridad al envío de las facturas correspondientes.
Desde el organismo se recuerda que este beneficio constituye una excepción al pago total de la tasa, por lo que resulta indispensable que cada contribuyente acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal vigente.
CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE FACTURAS
Las facturas a presentar deberán corresponder a ventas efectivamente realizadas y cargarse en la web municipal según el siguiente cronograma:
•Primera factura: del 2 al 31 de mayo de 2025
• Segunda factura: del 1 al 31 de agosto de 2025
• Tercera factura: del 1 al 31 de octubre de 2025
En caso de que el establecimiento haya permanecido cerrado por vacaciones, refacciones u otra causa debidamente justificada, deberá acreditarse la facturación completa (Resumen Z) del día hábil más próximo al período correspondiente.
PLAZO FINAL DE ACREDITACIÓN
Si no se hubieran presentado las tres facturas en los períodos indicados, podrán acreditarse únicamente entre el 1 y el 30 de noviembre de 2025, siendo este el último período habilitado.
Vencido dicho plazo, el beneficio no podrá ser reclamado.
REQUISITOS GENERALES
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Envío de las tres facturas solicitadas
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Inexistencia de deudas por tasas, derechos, contribuciones o multas
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Renovación y reempadronamiento comercial realizados en tiempo y forma
No podrán acceder al beneficio los contribuyentes recategorizados como Grandes Contribuyentes.
SITUACIONES NO ADMITIDAS
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Falta de envío de facturas
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Facturación con CUIT bloqueado o dado de baja
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Facturación emitida en otra jurisdicción
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Facturas sin identificación de CUIT
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Facturación emitida por quien no figure como titular de la TISH
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Facturas papel en los períodos exigidos, salvo acreditación conforme a la normativa vigente
En el caso de contar con más de un establecimiento comercial, no se aceptará la misma facturación para más de un local, debiendo acreditarse el funcionamiento de cada uno de manera independiente.
RECORDATORIO IMPORTANTE
ARVIGE solicita a los contribuyentes revisar periódicamente su Domicilio Fiscal Electrónico, recordando que todas las notificaciones cursadas por ese medio son válidas, vinculantes y producen los mismos efectos legales que el domicilio fiscal constituido.