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25-08-2025

COMUNICADO DE PRENSA DE ARVIGE

Señor contribuyente: la ARVIGE le informa que el 30 de Agosto de 2025 culmina el 2° periodo de acreditación de facturas del Abierto Anual 2026.

Recuerde que en caso de no haber acreditado la factura correspondiente al mes de Mayo o Agosto, una vez finalizado el periodo podrá realizarlo entre el 1 al 30 de Noviembre de 2025, fecha a partir de la cual ya no podrá realizarlo, PERDIENDO ASÍ EL BENEFICIO ABIERTO ANUAL 2026.

Por último, le indicamos que debe poseer su Domicilio Fiscal Electrónico AL DÍA toda vez que sin la constitución del mismo tampoco podrá otorgarse el Beneficio citado.