12-09-2018
El proyecto busca adecuar a la realidad geselina la nueva ley provincial que reglamenta el uso de estos vehículos. Quienes tengan un cuatriciclo no deportivo podrán únicamente utilizar las vías asfaltadas, para cruzar la calle, provisión de combustible, asistencia a un establecimiento educativo o Centro de Salud, también podrá hacerlo, en la medida que acredite ante la Dirección de Tránsito en forma fehaciente que su vivienda se encuentra en una calle asfaltada.
La normativa en tratamiento también establece que los Conductores, para poder circular en estos tipos de vehículos, deberán poseer la siguiente documentación :
a) Licencia habilitante con la categoría (L6 y L7), dado que de acuerdo al decreto Nacional 32/18, los cuatriciclos son considerados vehículo automotor. -
b) Seguro Obligatorio. -
c) Certificado de Titularidad
d) Casco homologado
e) El casco deberá tener visor, o anteojos si el casco no los tuviere desde su fabricación
Entre otros puntos de la propuesta de normativa se incluye nuevas obligaciones para los locales de alquiler de Cuatriciclos y un rango de multas, según el incumplimiento de la misma.
Cabe aclarar que, desde hoy, el proyecto está siendo evaluado por el Concejo Deliberante.